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Artículo 65 de la LEY de Infraestructura de la Calidad

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando alguien verifique que un producto o servicio cumple con las reglas oficiales (las Normas Mexicanas), debe usar sistemas de computación que permitan identificar correctamente qué es el producto, su empaque, etiquetas o cómo se fabricó. Esto se hace para asegurar que todo esté en orden, tal como lo piden los artículos 30 y 64 de esta misma ley. Básicamente, es la obligación de usar tecnología confiable para checar que los productos cumplen con lo que dice la ley.

Texto oficial

Artículo 65. Quienes realicen la Evaluación de la Conformidad utilizarán tecnologías de la información que aseguren de forma fidedigna la identificación de los bienes, productos, procesos y servicios o bien, de la información de los símbolos, embalaje, marcado o etiquetado, o terminología de éstos y, en su caso, sus métodos de producción que cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas aplicables, cuando así se requiera conforme a lo dispuesto por los artículos 30 y 64 de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.