Artículo 33 de la LEY de Inversión Extranjera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres inscribirte en el Registro, te darán un comprobante siempre que entregues todos los datos que piden. Dependiendo de tu caso, tienes que dar información como el nombre de tu empresa, su domicilio, quién es el representante legal y las personas autorizadas para recibir avisos. También necesitas incluir datos de inversionistas extranjeros, el monto del dinero que ya pagaron los socios y cuándo planeas empezar a operar. Si eres un fideicomiso, debes dar el nombre de la institución fiduciaria y los detalles del fideicomiso, como su propósito y duración. Una vez que te den el comprobante, el Registro puede pedirte aclaraciones, y si cambia algo de lo que entregaste, tienes que avisarles según las reglas del propio Registro.
Texto oficial
ARTÍCULO 33.- El Registro expedirá las constancias de inscripción cuando en la solicitud se contengan los siguientes datos: I.- En los supuestos de las fracciones I y II: a) Nombre, denominación o razón social, domicilio, fecha de constitución en su caso, y principal actividad económica a desarrollar; b) Nombre y domicilio del representante legal; c) Nombre y domicilio de las personas autorizadas para oír y recibir notificaciones; d) Nombre, denominación o razón social, nacionalidad y condición de estancia en su caso, domicilio de los inversionistas extranjeros en el exterior o en el país y su porcentaje de participación; Inciso reformado DOF 25-05-2011 e) Importe del capital social suscrito y pagado o suscrito y pagadero; y f) Fecha estimada de inicio de operaciones y monto aproximado de inversión total con su calendarización. II.- En el supuesto de la fracción III: a) Denominación de la institución fiduciaria; b) Nombre, denominación o razón social, domicilio y nacionalidad de la inversión extranjera o de los inversionistas extranjeros fideicomitentes; c) Nombre, denominación o razón social, domicilio y nacionalidad de la inversión extranjera o de los inversionistas extranjeros designados fideicomisarios; d) Fecha de constitución, fines y duración del fideicomiso; y e) Descripción, valor, destino y en su caso, ubicación del patrimonio fideicomitido. Una vez expedida la constancia de inscripción y sus renovaciones, el Registro se reserva la facultad de solicitar aclaraciones con respecto a la información presentada. Cualquier modificación a la información presentada en los términos de este artículo deberá ser notificada al Registro conforme a lo que establezca su reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.