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Artículo 4 de la LEY de Inversión Extranjera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, en general, los extranjeros y las empresas de otros países pueden invertir en México sin límite en la mayoría de los negocios. Pueden comprar terrenos, maquinaria, abrir fábricas, tiendas o moverlas de lugar, todo esto con muy pocas restricciones. Sin embargo, hay algunas reglas especiales para esto, que están en la misma ley. Las reglas para bancos y otras empresas financieras se rigen por sus propias leyes aparte. Por último, si una empresa mexicana en la que los mexicanos son mayoría invierte en otro negocio que sí tiene límites para extranjeros, esa segunda inversión no cuenta para el límite, a menos que extranjeros controlen a esa primera empresa.

Texto oficial

ARTÍCULO 4o.- La inversión extranjera podrá participar en cualquier proporción en el capital social de sociedades mexicanas, adquirir activos fijos, ingresar a nuevos campos de actividad económica o fabricar nuevas líneas de productos, abrir y operar establecimientos, y ampliar o relocalizar los ya existentes, salvo por lo dispuesto en esta Ley. Las reglas sobre la participación de la inversión extranjera en las actividades del sector financiero contempladas en esta Ley, se aplicarán sin perjuicio de lo que establezcan las leyes específicas para esas actividades. Para efectos de determinar el porcentaje de inversión extranjera en las actividades económicas sujetas a límites máximos de participación, no se computará la inversión extranjera que, de manera indirecta, sea realizada en dichas actividades a través de sociedades mexicanas con mayoría de capital mexicano, siempre que estas últimas no se encuentren controladas por la inversión extranjera. Párrafo adicionado DOF 24-12-1996 Capítulo II De las Actividades Reservadas

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.