Artículo 22 de la LEY del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando Hacienda calcula de manera aproximada cuánto creen que debes de impuestos (sin tener los datos exactos), a esa cantidad le ponen la tasa del impuesto que te toca pagar según la ley. Después, a ese resultado le restan los descuentos o créditos fiscales que puedas comprobar legalmente. En pocas palabras, primero calculan lo que se debería pagar, pero luego te descuentan lo que ya hayas pagado o tengas derecho a acreditar, siempre que lo demuestres con documentos.
Texto oficial
Artículo 22.- Al importe de la determinación presuntiva del valor de los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto en los términos de esta Ley, se aplicará la tasa del impuesto que corresponda conforme a la misma, y el resultado se reducirá con las cantidades acreditables que se comprueben. Fe de erratas al artículo DOF 17-04-1981. Reformado DOF 31-12-1981, 31-12-1982, 31-12-1999, 31-12-2000, 01-01-2002
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.