Artículo 26 de la LEY del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En cada región del país van a haber juntas de personas llamadas Comisiones Consultivas Regionales, formadas por tres grupos distintos (como gobierno, empresas y trabajadores). Estas comisiones solo trabajarán en las zonas que la Asamblea General les asigne. La manera en que van a operar y reunirse la va a definir un reglamento especial que la misma Asamblea debe aprobar.
Texto oficial
Artículo 26.- Las Comisiones Consultivas Regionales, se integrarán en forma tripartita y actuarán en las áreas territoriales que señale la Asamblea General. Su funcionamiento se determinará conforme al Reglamento que para tales efectos apruebe la propia Asamblea.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.