LEY del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica para todas las personas en todo México y su objetivo es beneficiar a la sociedad en general. Significa que todos debemos seguirla, sin importar en qué estado vivamos. Es como una regla nacional que busca el bien común, no el beneficio de una sola persona o grupo.
- Art. 2Se crea una institución llamada "Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores" (Infonavit), que tiene su oficina principal en la Ciudad de México. Esta institución cuenta con personalidad jurídica propia, es decir, puede actuar y tomar decisiones legales por su cuenta, y tiene su propio dinero y bienes para funcionar. La ley que estamos viendo sirve para establecer cómo se debe organizar, administrar y controlar el Infonavit, además de cómo debe rendir cuentas de lo que hace. Todo esto se hace pensando en los objetivos del Instituto y en el tipo de servicios que ofrece.
- Art. 3El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda (INFONAVIT) se encarga de administrar el dinero de ese fondo. Su principal objetivo es darte créditos baratos y suficientes para que puedas comprar una casa cómoda e higiénica, construir, reparar o mejorar tu vivienda, o pagar deudas que tengas por esos conceptos. También puede ayudarte a comprar un terreno para construir tu casa, y tiene la facultad de construir viviendas y rentarlas a los trabajadores. Para todo esto, el Instituto puede hacer contratos o crear una empresa filial especializada en construir casas, siempre actuando con honestidad y transparencia.
- Art. 4El Instituto (que maneja programas de vivienda) tiene que trabajar siguiendo un plan que cuide el medio ambiente, beneficie a la sociedad y maneje bien el dinero. Para lograrlo, puede ponerse de acuerdo con el gobierno, empresas privadas o grupos de la sociedad civil. También debe seguir los planes de desarrollo urbano de cada ciudad o estado, y por eso tiene que coordinarse con las autoridades locales para crear, actualizar y hacer cumplir esos planes.
- Art. 5El dinero del Instituto (Infonavit) sale de varias fuentes. Primero, de lo que cobra por los servicios que da a personas o al gobierno. Segundo, de las multas, recargos y sanciones que aplica. También de los bienes o derechos que consigue de cualquier forma, y de las ganancias que genera al invertir su dinero. Además, lo que los jefes depositan en la subcuenta de vivienda de sus trabajadores es propiedad de los trabajadores, y todo junto forma el Fondo Nacional de la Vivienda.
- Art. 6El Instituto está compuesto por varias partes, como la Asamblea General, el Consejo de Administración y otras comisiones. Las personas que forman parte de estos grupos no reciben pago por su trabajo, pero sí son responsables de cumplir con lo que la ley les pide. Si alguien del Consejo, la Comisión de Vigilancia o cualquier otro órgano se da cuenta de que tiene un conflicto de intereses (es decir, que sus intereses personales podrían afectar su decisión), debe decirlo y no participar en ese asunto. Tampoco pueden ayudar a cualquier persona que haga solicitudes o reclamos ante el Instituto como si fuera algo personal. Básicamente, tienen que ser imparciales y no mezclar sus intereses personales con su trabajo.
- Art. 7La Asamblea General es el máximo órgano de autoridad del Instituto. Está formada por 30 miembros que representan a tres grupos distintos: 10 los elige el gobierno federal, 10 los escogen los sindicatos de trabajadores a nivel nacional, y 10 los designan las cámaras empresariales o patronales también a nivel nacional. Cada miembro titular tiene un suplente que lo reemplaza si hace falta. Todos duran seis años en el puesto, pero quien los nombró puede quitarlos en cualquier momento si así lo decide.
- Art. 8Cada seis años, cuando cambie el presidente de la república, la Secretaría del Trabajo va a definir las reglas para elegir a las organizaciones de trabajadores y de empresarios que participarán en escoger a los miembros de la Asamblea General. La idea es que siempre haya representación tanto de empresas como de trabajadores.
- Art. 9La Asamblea General, que es como la reunión más importante de un grupo o asociación, tiene que juntarse obligatoriamente al menos dos veces cada año. Esto significa que no puede pasar todo el año sin que se reúnan, aunque podrían hacerlo más veces si así lo deciden. Es como una regla básica para asegurarse de que se tomen decisiones importantes con regularidad.
- Art. 10La Asamblea General tiene la autoridad para revisar y aprobar cómo se gastará el dinero del Instituto en los próximos años. También revisa los reportes financieros del año pasado ya auditados (revisados por un contador externo), y decide sobre crear o quitar oficinas regionales. Aprueba las reglas internas del Instituto, las políticas para dar créditos y vender casas, y el código de ética que todos deben seguir. Además, nombra a los miembros del comité de transparencia y revisa los informes de vigilancia.
- Art. 11En las juntas de la Asamblea General, el que manda y dirige la reunión siempre es el director o directora general de la empresa o institución. O sea, esa persona es la que lleva la batuta durante toda la sesión. No hay excepciones ni cambios de último momento.
- Art. 12El Consejo de Administración está formado por 12 personas, que son elegidas por la Asamblea General. De esas 12, 4 son propuestas por el Gobierno Federal, 4 por los trabajadores y 4 por los empleadores. Cada miembro principal tiene un suplente que lo reemplaza si falta. Los miembros del Consejo no pueden pertenecer también a la Asamblea General, a menos que sean el Director General, que sí puede estar en ambos grupos.
- Art. 13Los consejeros duran seis años en su puesto, pero la Asamblea General (la junta principal de la organización) puede quitarlos si el grupo que los propuso lo pide. Ese grupo, llamado Sector, tiene que hacer la solicitud a través del Director General (el jefe máximo de la organización). Mientras se junta la Asamblea para decidir, el consejero queda suspendido de inmediato, o sea, no puede hacer su trabajo hasta que se resuelva. En resumen: los consejeros pueden ser cesados si así lo piden quienes los pusieron, y mientras tanto, quedan fuera del cargo temporalmente.
- Art. 14Cuando el Consejo de Administración se reúne, la persona que es el Director General siempre tiene que ser la que dirija la junta. No puede haber otra persona como presidente de la sesión, ni aunque esté ausente el Director. Esto aplica desde el 21 de febrero de 2025.
- Art. 15El Consejo de Administración se junta cada tres meses de forma normal, pero también puede reunirse en cualquier momento si hace falta, siguiendo los tiempos que marca su reglamento interno. Esto significa que, aunque lo común es que se reúnan una vez por trimestre, pueden hacer juntas extras cuando sea necesario. Las fechas y reglas para estas juntas están escritas en sus propias normas de operación.
- Art. 16El Consejo de Administración es como la mesa directiva del Instituto. Tiene varias funciones importantes, como decidir en qué invertir el dinero del Instituto, cómo financiarse y aprobar operaciones clave, pero las más importantes las debe autorizar la Asamblea General (la junta de dueños). También se encarga de revisar y aprobar los planes financieros, el presupuesto y los informes de actividades que prepara el Director General. Además, propone reglas para el funcionamiento del Instituto, elige a los jefes y delegados, y define los sueldos y prestaciones de los trabajadores. Por último, sugiere políticas sobre créditos, renta de vivienda y castigos por créditos que no se pagan.
- Art. 17La Comisión de Vigilancia es un grupo de 9 personas que elige la Asamblea General. Se reparten así: 3 las propone el Gobierno Federal, 3 los trabajadores y 3 los empresarios. Cada miembro titular tiene un suplente que lo reemplaza si es necesario. Para ser parte, necesitas tener buena reputación, al menos 5 años de experiencia en finanzas, leyes o administración, y no haber sido condenado por robo o delito grave que haya llevado a la cárcel. La Comisión se reúne al menos una vez cada tres meses, sus integrantes duran 6 años en el cargo y pueden ser removidos solo si quien los propuso lo pide a la Asamblea General.
- Art. 18El artículo 18 habla sobre lo que puede hacer la Comisión de vigilancia, que es un grupo que cuida que todo funcione bien en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). Esta comisión puede sugerir mejoras al funcionamiento del Instituto, proponer un Código de Ética (reglas de conducta) para que lo aprueben todos los miembros, y checar que todos los que trabajan ahí sigan las reglas y ese código. También tiene la obligación de informar una vez al año cómo va todo, y puede recomendar quién debe estar o dejar de estar en ciertos comités importantes, como el de Transparencia o el de Inconformidades. Además, puede convocar a una reunión general si cree que es necesario, dar su opinión sobre reportes de otros comités, y revisar las propuestas para nombrar o quitar a los miembros del Comité de Auditoría. Por último, puede pedir ayuda a personas externas para hacer mejor su trabajo.
- Art. 18 BisEl Comité de Auditoría es un grupo de tres personas que revisan cómo se manejan los recursos del Infonavit. Está formado por una persona del Gobierno Federal, una de los trabajadores y una de los empresarios. Cada una tiene un suplente por si falta. Todos deben tener buena reputación, título profesional y al menos cinco años de experiencia en auditoría de entidades financieras, además de no tener antecedentes penales por delitos de dinero o estar inhabilitados para trabajar en el sistema financiero o público. El comité se reúne al menos una vez cada tres meses y se apoya en el área de Auditoría Interna para hacer su trabajo de vigilar que los gastos y operaciones se hagan correctamente según la ley. Sus integrantes duran seis años en el puesto y pueden ser removidos si la representación que los propuso lo pide, pero con la ratificación de la Asamblea General.
- Art. 19El Auditor Externo es como un contador súper especializado que revisa las cuentas del INFONAVIT. Para escogerlo, el Consejo de Administración elige a uno de tres candidatos que propone el Comité de Auditoría, y no puede estar en el puesto más de 5 años. Para ser elegido, debe cumplir con varios requisitos: tener título y cédula de Contador Público, estar certificado, tener al menos 5 años de experiencia auditando instituciones financieras, y tener buena reputación. Además, no debe haber sido sentenciado por robo o fraude, ni estar inhabilitado para trabajar en el gobierno o en bancos, ni haber sido declarado en quiebra. También debe ser socio de una firma de contadores reconocida (pero no la misma donde trabajó antes), y no puede tener ningún puesto en el servicio público. El Comité de Auditoría le pide a un colegio de contadores que le recomiende tres firmas, para luego proponer una al Consejo y que autorice la contratación del Auditor.
- Art. 19 BisEl Auditor Externo es como un contador independiente que revisa las cuentas del Instituto. Puede checar los estados financieros y, si lo cree necesario, verificar cuánto valen los bienes del Instituto. Cada año debe presentar un informe al Comité de Auditoría sobre cómo están las finanzas, y ese informe se entrega a la Asamblea General a través del Consejo de Administración. También tiene la obligación de avisar al Consejo si ve algo raro en las finanzas, y puede ir a las juntas de la Asamblea y el Consejo, pero solo para opinar, no para votar. Además, si el auditor anterior cometió irregularidades y el nuevo las conoce pero no las reporta por escrito a la Asamblea, ambos son responsables juntos. Si el auditor tiene algún interés personal en algún asunto del Instituto, debe hacerse a un lado y no participar.
- Art. 20Este artículo ya no existe. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto. Fue quitado oficialmente el 1 de junio de 2005, así que no debes preocuparte por él ni tomarlo en cuenta para nada.
- Art. 21El Instituto tiene que publicar su balance anual (un documento que muestra sus ingresos y gastos del año) a más tardar 30 días después de que la Asamblea General lo apruebe. La publicación debe hacerse en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos que tengan muchos lectores. Esto es para que cualquier persona pueda verlo y enterarse de cómo se manejaron los recursos.
- Art. 22El jefe o la jefa de la Dirección General es elegido directamente por el Presidente de la República y trabaja representándolo. Para ocupar ese puesto, la persona debe ser mexicana de nacimiento, tener buena fama y contar con experiencia tanto técnica como administrativa.
- Art. 23El jefe máximo del Instituto (el Director General) tiene derecho a representar legalmente al organismo, como si fuera un apoderado con todo el poder para demandar, cobrar, administrar bienes y hacer contratos según lo que diga el Código Civil. También puede firmar acuerdos de conciliación laboral y nombrar o quitar abogados, siempre siguiendo las reglas internas del Consejo de Administración. Además, preside las reuniones importantes donde se toman decisiones, y puede vetar (detener temporalmente) cualquier decisión del Consejo o de la Comisión de Vigilancia que no se haya aprobado por unanimidad, hasta que la Asamblea General decida. Otras de sus obligaciones son ejecutar los acuerdos del Consejo, presentar cada año los estados financieros antes de marzo, y entregar antes del 31 de octubre el plan de gastos, ingresos y proyecciones a 5 años para el año siguiente.
- Art. 24Este artículo ya no está vigente. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley por una reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025. Por lo tanto, ya no tienes que cumplir con lo que decía ni te afecta para nada. Es como si ese artículo nunca hubiera existido a partir de esa fecha.
- Art. 25La Comisión de Inconformidades se formará con tres personas, una por cada grupo (como trabajadores, patrones y gobierno), elegidas por la Asamblea General. Estarán en el puesto seis años y cada una tendrá un suplente. El presidente irá rotando según el orden del Artículo 7. Los miembros no pueden estar en otro órgano del Instituto y deben ser personas con buena reputación, tener al menos cinco años de experiencia profesional, no haber sido condenados por delitos graves, ni estar inhabilitados para trabajar en el servicio público o en el sistema financiero. Esta Comisión revisa quejas de trabajadores o patrones si sienten que recibieron un trato malo o injusto, resuelve recursos y decide sobre conflictos relacionados con pagos de vivienda, aunque la decisión final la toma la Comisión de Vigilancia.
- Art. 25 BisEl Comité de Transparencia está formado por tres grupos: un representante de los trabajadores, uno de las empresas y uno del Gobierno Federal, todos elegidos por la Asamblea General por un periodo de seis años. Este comité lo preside cada representante por turnos, en el orden que dice el artículo 7 de esta ley. Los miembros no pueden pertenecer a otro órgano del Instituto y deben cumplir ciertos requisitos: tener buena reputación, al menos cinco años de experiencia profesional, no haber sido condenados por delitos graves como robo, y no estar inhabilitados para trabajar en el servicio público o en el sistema financiero mexicano. Las tareas de este Comité son, entre otras, asegurar que cualquier persona pueda obtener información del Instituto, hacer pública la gestión del Instituto, proteger tus datos personales (como tu nombre o domicilio), permitir que se evalúe el trabajo del Instituto, mejorar cómo se organizan los documentos, contribuir a que México sea más democrático, y publicar un informe anual de sus actividades para enviarlo al Instituto Nacional de Transparencia.
- Art. 26En cada región del país van a haber juntas de personas llamadas Comisiones Consultivas Regionales, formadas por tres grupos distintos (como gobierno, empresas y trabajadores). Estas comisiones solo trabajarán en las zonas que la Asamblea General les asigne. La manera en que van a operar y reunirse la va a definir un reglamento especial que la misma Asamblea debe aprobar.
- Art. 27Las Comisiones Consultivas Regionales son grupos de personas que dan recomendaciones sobre vivienda en su zona. Pueden sugerir al jefe del consejo (a través del director) dónde sería mejor construir casas y cómo deberían ser los cuartos para que se puedan financiar. También dan su opinión sobre los planes de vivienda que se van a pagar con crédito en su región. Además, tienen tareas administrativas que marca el reglamento de las oficinas regionales, y cualquier otra labor de consejo que les pida el director general.
- Art. 28En la Asamblea General, que es la reunión más importante de la organización, cada grupo de personas (como los dueños o accionistas) solo tiene derecho a un voto, no importa cuántos sean. En cambio, en otros grupos como el Consejo de Administración o la Comisión de Vigilancia, cada persona que forma parte de esos equipos tiene su propio voto individual. Esto significa que ahí todos los miembros pueden opinar y decidir por sí mismos, no como grupo.
- Art. 29Los patrones (jefes o dueños de empresas) tienen que inscribirse ellos mismos a su empresa y a sus trabajadores en el INFONAVIT, además de avisar cada vez que contraten a alguien y pedirle su CURP. Cuando inscriban a un empleado, deben reportar el salario exacto que gana en ese momento. También es su obligación pagar cada bimestre el 5% del salario de cada trabajador directamente al INFONAVIT, ese dinero se guarda en la subcuenta de vivienda de su Afore y es parte del patrimonio del empleado. El patrón debe seguir haciendo esos pagos mientras el trabajador esté dado de alta, incluso si deja de trabajar para él, hasta que avise oficialmente la baja. Si por error paga de más porque otro patrón ya lo inscribió, el INFONAVIT le devuelve lo pagado de más desde la fecha en que el otro lo dio de alta. Por último, los patrones pueden descontar de la nómina de sus trabajadores los abonos de créditos de vivienda que el INFONAVIT les haya prestado.
- Art. 29 BisSi una empresa o persona contratas a otra empresa que presta servicios especializados (como limpieza, seguridad o mantenimiento), y esa empresa no cumple con todas sus obligaciones de ley, tú puedes ser considerado responsable si algo les pasa a los trabajadores de esa empresa. Las empresas de servicios especializados deben reportar cada cuatro meses (en enero, mayo y septiembre) la información de sus contratos, los datos de sus trabajadores y los pagos que hacen. Esa información la envían al IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) siguiendo los pasos que el propio Instituto indique en internet. Además, el IMSS y la Secretaría del Trabajo se tienen que poner de acuerdo para revisar que todo se cumpla. Si la empresa no reporta lo que debe, el IMSS le avisará a la Secretaría del Trabajo para que tome cartas en el asunto.
- Art. 29 QuáterEl Instituto (el Infonavit) va a usar medios electrónicos como internet y servicios digitales para hacer su trabajo. También puede funcionar como autoridad certificadora, o sea, una institución oficial que emite certificados digitales para que uses la firma electrónica avanzada (como la e.firma) en los trámites que hagas con ellos. Las reglas del Código Fiscal en cuanto a medios electrónicos aplican para los impuestos que maneja el Infonavit, y ahí mismo va a dar el servicio de certificar esas firmas. El Instituto puede aceptar certificados digitales de otras autoridades certificadoras, siempre y cuando sean válidos para lo que marca esta ley. El Consejo de Administración del Infonavit va a aprobar las reglas sobre cómo usar estos medios electrónicos y la firma electrónica, y esas reglas se publicarán en el Diario Oficial de la Federación.
- Art. 29 TerLos patrones ya pueden hacer trámites al Infonavit por escrito o por internet. Hay un reglamento que dice qué se necesita para hacer esos trámites electrónicos. Para los avisos y trámites por internet se usa lo que dice el Código Fiscal, siempre y cuando no vaya en contra de esta ley.
- Art. 30El Infonavit tiene 5 años para investigar y exigir pagos atrasados que tu patrón te deba de vivienda, y ese plazo no se puede pausar ni alargar, a menos que tú o tu patrón metan una queja o un juicio. Si el patrón no paga, el Infonavit puede ir a su negocio a revisar sus cuentas y libros, y hasta cobrarle intereses por cada día de retraso. El dinero que se recupera de esas deudas debe ir directo a tu subcuenta de vivienda, y si el Infonavit tarda más de 10 días hábiles en depositarlo, te tienen que pagar más intereses por esa demora.
- Art. 31Cuando eres patrón (dueño de un negocio), tienes que registrar a tus trabajadores y a ti mismo ante el Instituto, con la información que marca la ley. Si cambias de domicilio, nombre de la empresa, aumentas o disminuyes impuestos, cierras temporal o definitivamente, fusionas o vendes el negocio, debes avisarles en un plazo máximo de 5 días hábiles. También tienes que reportar las altas, bajas, cambios de sueldo, ausencias o incapacidades de tus empleados, para que ellos tengan sus datos al día. Toda esta información es confidencial, solo se puede compartir en juicios o cuando la ley lo permita.
- Art. 32Si tu jefe no te da de alta en el IMSS o no paga tus cuotas y descuentos al Instituto, tú puedes ir directamente al IMSS a avisarles. Darles esa información no quita que tu jefe tenga que cumplir con su obligación, y además puede recibir una multa o castigo por no hacerlo. O sea, tú no te metes en problemas por reportarlo, pero él sigue siendo responsable ante la ley.
- Art. 33El Instituto puede registrar a los jefes o dueños (patrones) y dar de alta a los trabajadores, incluso si ellos no lo pidieron. También puede fijar el salario con el que se calculan las cuotas (salario base de aportación). Esto no quita al patrón su obligación de hacerlo por su cuenta, y tampoco lo libra de multas ni castigos si ya cometió alguna falta.
- Art. 34Tú puedes pedir en cualquier momento a tu Afore (la administradora de tus ahorros para el retiro) que te diga cuánto dinero han depositado a tu favor. También puedes pedir esa misma información al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) o directamente a tu patrón (la persona o empresa para la que trabajas). Si tienes un crédito de vivienda con el Infonavit, puedes pedirle a ellos o a tu patrón que te expliquen cuánto te descuentan de tu sueldo, cuánto de eso se va a pagar tu crédito y cuánto te falta por deber. Cuando termines de trabajar en un lugar, tu patrón está obligado a darte un papel que tenga tu número de registro (la clave que te identifica en el Infonavit).
- Art. 35El dinero de las cuotas que se descuentan de tu sueldo para el seguro social tiene que pagarse cada mes, ya después de que terminó el mes. El plazo máximo para hacer ese pago es hasta el día 17 del mes siguiente. Además, el pago se hace usando los formatos que pida el Instituto, ya sea en internet o en papel. El Instituto también puede hacer cuentas y enviarte un aviso de cobro por esas cuotas, y puede hacerlo junto con el aviso de cobro de tu afore, si hay un acuerdo entre el IMSS y la afore para eso.
- Art. 36El dinero que tu patrón, el gobierno o tú mismo depositas en tu cuenta del Infonavit, además de los intereses que genera la subcuenta de vivienda (el dinero extra que ganas por tener ahorrado ahí), no paga ningún impuesto, como el ISR. Eso significa que ni Hacienda te va a cobrar un peso por esos ahorros ni por lo que se vayan acumulando con el tiempo. En pocas palabras, todo lo que entre a tu cuenta de vivienda está libre de que te descuenten impuestos.
- Art. 37Tu derecho a recibir el dinero de tu subcuenta de vivienda (y el de tus beneficiarios, como tu familia) nunca desaparece, por más tiempo que pase. Si eres menor de 70 años, para pedir la devolución de ese dinero debes ir al INFONAVIT y cumplir con los requisitos que ellos publiquen en internet y en el periódico oficial. Antes de que cumplas 70 años, el INFONAVIT te avisará (a ti, a tus beneficiarios y al IMSS) que ya puedes reclamar el dinero. Si llegas a los 70 años sin haberlo reclamado, el INFONAVIT enviará ese dinero al Fondo de Pensiones para el Bienestar, a menos que aún estés trabajando con una relación laboral activa registrada; ese Fondo guardará el dinero para que puedas pedirlo después, porque tu derecho sigue siendo imprescriptible.
- Art. 38Las empresas que manejan la base de datos del SAR (el Sistema de Ahorro para el Retiro) deben pasarle al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda (Infonavit) la información sobre las aportaciones y descuentos que se hacen a tu cuenta de ahorro, según lo que marca la ley. El Infonavit, a su vez, le dará al IMSS y a esas mismas empresas los datos actualizados de los patrones (jefes) y trabajadores. Las Afores (administradoras de tu ahorro para el retiro) tienen que informarte cada cuánto y en el formato que dice la ley cómo va tu subcuenta de vivienda, pero tú siempre puedes pedirles cualquier detalle sobre ese dinero en cualquier momento. Si tienes un problema con tu Afore o con otra institución financiera autorizada, tú, tus beneficiarios, tu sindicato o hasta tu patrón pueden presentar una queja ante la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar). Toda esa información es confidencial y se maneja según las reglas que pone la Consar.
- Art. 39El dinero que tienes en tu subcuenta de vivienda del Infonavit genera intereses cada año, y esos intereses se pagan con lo que le sobra al instituto después de cubrir sus gastos. Cada año, la directiva del Infonavit calcula sus ingresos y gastos, y ese sobrante lo revisa y aprueba el Consejo de Administración. El Consejo debe fijar una tasa de interés que evite que tus ahorros pierdan valor con el tiempo. Esa tasa se define y se paga a más tardar en marzo de cada año, y el Consejo puede publicar reglas para dar un interés más alto a los trabajadores de 55 años o más.
- Art. 40Si tienes dinero ahorrado en tu subcuenta de vivienda (parte de tu ahorro del Infonavit) y no lo usaste para una casa o crédito, ese dinero se envía a tu Afore para que se junte con tu ahorro del retiro y se use para tu pensión, o para que te lo entreguen directamente si así aplica. Para que esto pase, tú o tus beneficiarios (familiares que hereden tu dinero) deben pedirle al Infonavit que haga la transferencia a tu Afore. El Infonavit puede ponerse de acuerdo con el IMSS para hacer más rápido y sencillo el trámite de esos recursos.
- Art. 41Tú, como trabajador que tiene una cuenta de Infonavit, puedes escoger la casa nueva o usada, o el terreno, que quieras comprar, reparar o ampliar con tu crédito. Después de tener un año seguido cotizando, también puedes participar en un programa de renta social en viviendas del Infonavit cerca de tu trabajo, y luego tener la opción de comprarlas. Para esos casos de renta social, puedes usar tu ahorro de la subcuenta de vivienda como garantía. Antes de usar tu crédito, tienes derecho a que te expliquen bien las condiciones legales y financieras, y a recibir el dinero directo, sin intermediarios. Si pierdes tu empleo, el Infonavit te dará prórrogas de hasta 12 meses cada una (máximo 24 en total) y no te cobrará intereses ordinarios durante ese tiempo, y si pasan 30 años desde que te dieron el crédito, te perdonarán la deuda, siempre que no hayas dejado de pagar sin razón.
- Art. 41 BisCada año, el Consejo de Administración del Infonavit tiene que aprobar un presupuesto para los gastos de oficina, operación y vigilancia del Instituto. Ese gasto no puede pasar del 0.55% de los activos totales que maneja el Infonavit, y ese porcentaje se calcula con el promedio mensual de todo lo que tiene el Instituto en el último año. También deben incluir en ese presupuesto los gastos de su empresa filial. Estos gastos se revisan en el estado de resultados financieros. Antes de que el Consejo presente el presupuesto a la Asamblea General para que lo aprueben, tiene que pedirle a una auditoría externa que lo revise y dé su opinión. La compra de cosas como edificios, terrenos, equipo de cómputo, autos o mobiliario de oficina no cuenta dentro de ese límite de gasto, siempre y cuando esas inversiones le generen ganancias al Instituto y al Fondo Nacional de la Vivienda. El Consejo también debe aprobar cada año un presupuesto para construir vivienda, asegurándose de que siempre haya suficiente dinero para dar créditos a los trabajadores. Por último, el Consejo tiene que hacer las reglas para aplicar este artículo y revisarlas cada cinco años.
- Art. 42Este artículo dice cómo se usa el dinero del Infonavit. Primero, se presta para construir casas para los trabajadores, y si una empresa de crédito ya pagó la construcción, el Instituto puede descontar ese dinero. También obliga a los constructores a comprar materiales de ejidos (tierras comunitarias) si son igual de buenos y baratos que otros. Además, el dinero se presta a los trabajadores para comprar una casa o un terreno, construirla, repararla o pagar deudas de vivienda. También sirve para cambiar un crédito de vivienda anterior por otro más conveniente. El Instituto debe asegurarse de que el trabajador elija el crédito que más le convenga. Por último, el dinero paga los ahorros de vivienda de los trabajadores y los gastos de administración del Instituto.
- Art. 43El dinero del Fondo de Vivienda (Infonavit) lo administra el propio Instituto. Las aportaciones de tu patrón y los pagos de tus créditos deben enviarse a una cuenta especial del Infonavit en el Banco de México. Si sobra dinero que no se use para créditos de vivienda, se tiene que invertir en valores (como acciones o bonos), pero el Consejo de Administración decide en cuáles, siguiendo las mismas reglas que las Afores. Eso sí, el Infonavit siempre debe tener suficiente efectivo para cubrir las necesidades de vivienda de los trabajadores. También puede dejar un poco de dinero en el banco para sus gastos diarios, y puede pagarles a los bancos o tiendas que reciben tus pagos por el servicio que le dan.
- Art. 43 BisCuando pides un crédito de vivienda al Instituto (como el Infonavit), el dinero que tienes ahorrado en tu subcuenta de vivienda se usa como enganche para pagar parte de la casa o el terreno. Mientras sigas pagando el crédito, lo que tu patrón aporte cada mes a tu subcuenta se descuenta directamente de lo que todavía debes. Si sacas un crédito con el Infonavit o con un banco para construir o comprar tu casa, puedes dejar como garantía (es decir, como prenda) el saldo de tu subcuenta de vivienda. Esto solo aplica si dejas de pagar por perder tu empleo, y esa garantía crece con las aportaciones futuras de tu patrón. Si la garantía se usa, el Infonavit retira ese dinero para cubrir lo que debes. Cuando el Infonavit y un banco te prestan juntos (cofinanciamiento), también puedes usar tu subcuenta como garantía, pero solo con el saldo que tengas al pedir el crédito. Después, las aportaciones de tu patrón se usan para pagar lo que debes al Infonavit. Si un banco te da un crédito basado en un fondo de ahorro de tu trabajo (como un plan de previsión social que cumpla con la ley), el Infonavit está obligado a prestarte también. Si no puede hacerlo, las aportaciones futuras de tu patrón se van a reducir tu deuda con el banco. Finalmente, el Infonavit puede acordar con el banco que el descuento de tu nómina incluya tanto lo que debes al Infonavit como al banco.
- Art. 43 TerEl Instituto puede hacer acuerdos con otras instituciones de seguridad social para definir cómo pasar los ahorros de la subcuenta de vivienda de los trabajadores que cambien de sistema por trabajo o contratación. Si tienes un crédito de vivienda con otro instituto o con el Infonavit, puedes pedir que tus ahorros de vivienda se usen como enganche para tu crédito y que las aportaciones futuras se destinen a pagar lo que debes. Si ya estás pagando un crédito de vivienda y cambias de trabajo o de régimen de seguridad social, debes seguir usando tus aportaciones de vivienda para seguir pagando ese crédito.
- Art. 44Este artículo dice que está prohibido aumentar el saldo de los créditos de vivienda para trabajadores, ni cobrar adelantos o pagos extra (accesorios) que no sean los intereses. Los intereses que se cobren los define el Consejo de Administración del Instituto, y se aplican sobre el saldo ajustado del préstamo. El crédito se paga en un máximo de 30 años. Cuando termines de pagar, el Instituto debe liberar las viviendas de cualquier deuda o gravamen (como una hipoteca) y darte una copia certificada gratis del documento que lo compruebe. El Instituto no paga impuestos por hacer estos trámites.
- Art. 45El Consejo de Administración es quien redacta las invitaciones para las subastas de dinero para préstamos. Al hacerlas, debe asegurarse de que se repartan de manera justa entre todas las regiones y pueblos del país, evitando que todo se concentre solo en las ciudades más grandes y llenas de gente. Antes de publicar esas invitaciones, tienen que revisar y tomar en cuenta las propuestas que hagan los sindicatos de trabajadores, los empleados por su cuenta y los grupos de empresarios. Esto busca que nadie se quede fuera y haya oportunidades parejas para todos.
- Art. 46Este artículo dice que, al usar el dinero del fondo de vivienda, se deben tomar en cuenta cuatro cosas: primero, a los trabajadores con sueldos bajos y dónde más se necesitan casas; segundo, si es posible y real hacer las construcciones en esa zona; tercero, cuánto dinero aportaron los trabajadores de cada región al fondo; y cuarto, cuántos trabajadores hay en cada parte del país.
- Art. 47El Consejo de Administración del INFONAVIT va a crear unas reglas para que los trabajadores puedan pedir un crédito de vivienda de manera rápida, solo cumpliendo con lo que digan esas reglas y sin pedir requisitos extra. Esas reglas se van a publicar en el Diario Oficial de la Federación para que todos las conozcan. Para decidir quién recibe el crédito y de cuánto, van a tomar en cuenta cosas como la oferta y demanda de casas en tu región, las características del terreno, los ingresos tuyos y de tu familia, cuánto llevas ahorrando en tu subcuenta de vivienda y si ya tienes casa propia. Si ya pagaste un crédito anterior, puedes pedir otro, siempre y cuando hayas liquidado el primero, y para el nuevo podrás usar lo que tengas ahorrado en tu subcuenta. También van a darle preferencia a quienes hayan cotizado al menos diez años y van a considerar la igualdad de género.
- Art. 48El Consejo de Administración es como el grupo de personas que toman las decisiones importantes en el Instituto. Ellos pueden publicar reglas generales en el Diario Oficial de la Federación (el periódico oficial del gobierno) para fijar el límite de dinero que el Instituto presta, basándose en lo que ganan los trabajadores que piden el crédito. También deciden cuánto puede costar como máximo el terreno o la casa que se pueda comprar o construir con ese préstamo. Esto se hace para que los créditos sean accesibles y justos para todos.
- Art. 49Si pides un préstamo al Infonavit para comprar una casa o un terreno para construir, el trato se cancela y te piden que pagues todo de inmediato si vendes, intercambias o pones la propiedad como garantía de otra deuda sin pedir permiso al Instituto. También se cancela si haces algo que esté prohibido en tu contrato. Si esto pasa, tienes 45 días naturales, contados desde que recibes el aviso, para desocupar la casa y, si es terreno, parar cualquier construcción. Todo el dinero que hayas pagado hasta ese momento se lo queda el Infonavit como renta por haber usado la propiedad.
- Art. 50El Instituto se encargará de revisar que tanto los préstamos directos como los financiamientos que dé se usen exactamente para lo que fueron pedidos. O sea, si te prestan dinero para un negocio, no puedes gastarlo en otra cosa, porque el Instituto va a checar que sí lo uses para ese propósito.
- Art. 51Cuando pides un crédito de vivienda con el INFONAVIT, automáticamente tienes un seguro que te cubre en caso de que quedes totalmente incapacitado para trabajar el resto de tu vida o en caso de fallecimiento. Si eso pasa, ya sea tú o tus beneficiarios quedan libres de pagar lo que debas del crédito. También se te perdona la deuda si tienes una incapacidad parcial permanente del 50% o más, o una invalidez definitiva, siempre y cuando no consigas un nuevo trabajo por al menos dos años; durante ese tiempo no te cobran intereses. Además, tú puedes elegir desde el principio o después a quién quieres que herede tu casa si llegas a fallecer.
- Art. 51 BisEl Instituto (el Infonavit) entrega préstamos para construir casas o departamentos que luego los trabajadores pueden comprar. Para elegir a quién le da el dinero, el Instituto hace una subasta pública: las constructoras interesadas meten sus ofertas en un sobre cerrado, y luego se abren todos al mismo tiempo frente a todos. El dinero que preste el Instituto para estas construcciones no puede ser mayor a una vigésima parte (5%) de todos los créditos que haya dado para vivienda. La convocatoria para la subasta se publica en un periódico grande de todo el país y en otro del estado donde se hará la obra. Debe decir cómo es la obra, la tasa de interés mínima, qué requisitos piden (como el tiempo para terminar), el plazo para anotarse (al menos 30 días hábiles), y la fecha, lugar y hora en que se abrirán los sobres. Las constructoras que participen tienen que dar una garantía (como un depósito) para asegurar que van a invertir bien el dinero y que van a pagar el préstamo. El Consejo de Administración del Infonavit decide de cuánto debe ser esa garantía. Además, si las casas o departamentos se venden a un precio más alto de lo que marca la ley, el Infonavit puede cobrar un interés extra (sobretasa) desde que se otorgó el préstamo.
- Art. 51 QuáterSi rentas una vivienda del INFONAVIT, tienes que pagar la renta completa y a tiempo. La empresa donde trabajas te la descontará directo de tu salario, siempre y cuando sea legal según la Ley Federal del Trabajo. También debes cuidar la casa como si fuera tuya, y si ves algún daño, avísale al Instituto. Ellos lo arreglarán, pero te pueden cobrar si el desgaste fue por tu culpa. Cuando termines el contrato, tienes que desocupar y entregar la vivienda. Por último, solo puedes vivir ahí tú y tu familia, no está permitido usarla para negocio ni rentarla a otra persona.
- Art. 51 TerEl Instituto (INFONAVIT) podrá crear un programa para que los trabajadores puedan rentar una casa, llamado "arrendamiento social". Este programa aplica solo para viviendas que son propiedad o están a cargo del Instituto. El programa dará preferencia a zonas con mucha marginación y a trabajadores que no tengan casa propia y ganen menos dinero. El dinero de tu subcuenta de vivienda servirá como garantía por si dejas de pagar la renta, y el Instituto puede usarlo para cubrir lo que debas. También tendrás derecho a comprar la casa en cualquier momento si juntas suficiente ahorro, y lo que ya hayas pagado de renta se podría tomar en cuenta para el precio final.
- Art. 52Si una empresa, un trabajador o alguien que recibe beneficios del trabajador (como su familia) no está de acuerdo con algo del Instituto, como si los inscribieron bien, los créditos que les corresponden, cuánto se les descuenta, o cualquier otra cosa que lesione sus derechos, pueden quejarse directamente con el propio Instituto. Eso se llama "recurso de inconformidad". Las reglas sobre cómo y cuándo hacer esa queja las va a poner el reglamento de esta ley.
- Art. 53Si tienes un problema con el IMSS sobre tus derechos como trabajador o beneficiario, puedes demandar directamente ante los tribunales federales del trabajo, sin necesidad de hacer antes ningún trámite interno en el instituto. El "recurso de inconformidad" es una queja que puedes presentar ante el IMSS, pero es opcional: tú decides si lo usas o si mejor vas derecho a los juzgados. Esto aplica tanto para asuntos de tus prestaciones como para deudas que tengas con el IMSS por créditos que te haya dado. En el caso de las deudas, el juicio se lleva ante los tribunales comunes, no los laborales.
- Art. 54Si tienes una bronca con el IMSS como patrón, primero puedes quejarte presentando un recurso de inconformidad. Pero si no quieres perder tiempo, también puedes ir directamente al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que es el juez que decide estos pleitos. No estás obligado a hacer el primer paso; puedes escoger la opción que más te convenga. Eso sí, si ya empezaste con la queja y no te quedó a gusto, el tribunal es quien resuelve el asunto final.
- Art. 55Imagínate que eres patrón (dueño de un negocio o empleador) y haces algo mal en contra de tus trabajadores o del INFONAVIT (el Instituto que da créditos de vivienda). Pues además de cualquier otra sanción que ya diga la ley, te van a multar. La multa es de entre 3 y 350 veces el valor diario de la UMA (la Unidad de Medida y Actualización, que es como una referencia para calcular pagos y deudas), dependiendo de qué tan grave sea la falta. Si la infracción es que no diste información para identificar cuánto le toca de vivienda a cada trabajador en su cuenta de Afore (el ahorro para el retiro), la multa será la más alta entre estas dos opciones: la mitad (50%) de lo que no pudiste identificar, o la multa máxima del primer párrafo (350 veces la UMA). Ojo, esto aplica aunque ya hayas pagado las aportaciones a tiempo. Estas multas las pone el propio INFONAVIT según sus reglas. Pero si tú, como patrón, pagas voluntariamente lo que debes (aportaciones y descuentos) antes de que te agarren, y lo haces siguiendo el Código Fiscal, entonces no te aplican las multas del primer párrafo.
- Art. 56Si un patrón no paga a tiempo las aportaciones y descuentos que debe hacer (como las del Infonavit), tendrá que pagar más por actualización, recargos y, si aplica, gastos de ejecución, tal como lo marca el Código Fiscal de la Federación. El patrón puede pedirle al Instituto (Infonavit) un plazo extra para pagar lo que debe, siempre y cuando lo solicite según las reglas del Código Fiscal y las leyes del Instituto. En ese caso, el Instituto tendrá que depositar en la subcuenta de vivienda del trabajador el dinero equivalente a los intereses que se generaron por la demora del patrón, más los que surjan durante ese plazo extra. Si se concede esta prórroga, el plazo de 10 días que menciona el artículo 30 empezará a contar desde que el patrón pague el último plazo acordado. El Instituto debe avisarle a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) sobre estos acuerdos. Además, el patrón tendrá que darle copias de la prórroga tanto a la CONSAR como a las entidades financieras que esa Comisión indique en sus reglas generales.
- Art. 57Si alguien usa trucos, se aprovecha de un error, finge un contrato o esconde información para no pagar completo o a tiempo las cuotas del IMSS o del Infonavit, comete un delito igual que el de evadir impuestos. Eso aplica tanto para las aportaciones patronales como para los descuentos que le quitaste a tus trabajadores y debías entregar. Las consecuencias son las mismas que las de la evasión fiscal: multas o hasta la cárcel. La ley también castiga si solo pagaste una parte y ocultaste el resto.
- Art. 58Si alguien obtiene un crédito o recibe dinero de depósitos que menciona esta ley, usando engaños, haciéndose pasar por otra persona o falseando documentos, se considera fraude. Eso significa que será castigado conforme al Código Penal Federal, igual que cualquier otro fraude. En pocas palabras, es ilegal y te puede llevar a la cárcel si intentas obtener un préstamo o un depósito de forma tramposa.
- Art. 59Tú puedes, en cualquier momento, meter dinero extra a tu cuenta del Afore, ya sea que lo hagas tú directamente o que tu patrón lo haga por ti. Ese dinero extra se guarda en una parte especial de tu cuenta llamada “subcuenta de aportaciones voluntarias”. Si tú estás de acuerdo, ese ahorro voluntario se puede pasar a la “subcuenta de vivienda” para que lo uses para pedir un crédito de INFONAVIT, según las reglas de la ley. Además, tú o tu patrón pueden hacer depósitos extraordinarios para programas de vivienda que autorice el Consejo de Administración del INFONAVIT.
- Art. 59 BisSi tú te inscribiste por tu cuenta al seguro social (sin tener un patrón), puedes meter dinero extra para que se vaya a tu ahorro para la vivienda. Ese dinero se guarda en una cuenta especial que también sirve para tu retiro. Todo esto está permitido por esta ley, la del Seguro Social y la de Ahorro para el Retiro. Es una opción para que ahorres para tu casa aunque trabajes por tu cuenta.
- Art. 60El artículo 60 está derogado, lo que significa que ya no existe ni se aplica desde el 24 de febrero de 1992. Al derogarse, dejó de tener efectos legales, así que hoy en día no tienes que preocuparte por lo que decía.
- Art. 61Este artículo ya no sirve, está cancelado. La frase "se deroga" significa que fue eliminado de la ley el 24 de febrero de 1992. Como ya no existe, no tienes que preocuparte por él ni cumplir con nada de lo que decía.
- Art. 62El Instituto y sus empleados tendrán relación de trabajo como cualquier otra empresa o trabajador. Esto significa que todo lo que pasa entre ellos se maneja según la Ley Federal del Trabajo, la misma que protege a la mayoría de los trabajadores en México. No hay reglas especiales para el Instituto; aplican las leyes laborales normales.
- Art. 63El Instituto, su empresa filial y sus fideicomisos no pagarán el Impuesto Sobre la Renta (ISR) por el dinero que les sobre después de sus operaciones, ni tendrán que darle una parte a los trabajadores como reparto de utilidades. Esto significa que esas ganancias extras se quedan completas para ellos, sin tener que compartirlas con el gobierno ni con los empleados. Solo aplica a estas entidades específicas, no a cualquier empresa.
- Art. 64El Instituto puede meterse directamente en cómo se manejan, operan o mantienen las casas o terrenos que son de su propiedad o que él administra, siempre y cuando esos inmuebles estén destinados a programas para vender o rentar vivienda a precio accesible para la gente. Esto aplica sin importar el tipo de programa social de vivienda que sea. En pocas palabras, si el Instituto es dueño o está a cargo de un inmueble que se usa para dar casas en venta o renta barata, tiene todo el derecho de intervenir para asegurarse de que funcione bien.
- Art. 65Este artículo ya no sirve para nada. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley hace muchos años, desde febrero de 1992. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por él ni aplicarlo en ningún caso. Si ves este artículo en algún documento, solo ignóralo como si no existiera.
- Art. 66Este artículo dice cómo el Instituto (el Infonavit) debe manejar su dinero para cumplir con sus metas. Primero, si pide préstamos, necesita el permiso de la Secretaría de Hacienda. También, la Asamblea General del Infonavit tiene que crear reglas para llevar su contabilidad y auditorías siguiendo las normas oficiales. La Secretaría de Hacienda, con ayuda de la Comisión Nacional Bancaria, pone límites para prestar dinero de forma responsable y supervisa que se cumplan. Si el Instituto no sigue las reglas, debe hacer un plan para corregir sus errores en un tiempo fijo, y si no lo logra, la Contraloría del Infonavit puede castigar a los responsables según el reglamento interno. Además, cada año, antes del 30 de mayo, el Infonavit debe entregar al Congreso y al Presidente un informe con una auditoría externa sobre sus finanzas, y este informe debe ser aprobado por la Asamblea General.
- Art. 66 BisLa Auditoría Superior de la Federación (que es como el supercontador del gobierno) es la única que puede revisar cómo el Instituto maneja su dinero y sus bienes. También checa que los gastos de operación, vigilancia e inversiones se usen correctamente. Si el dinero que se gasta no se devuelve a las cuentas de vivienda de los trabajadores, se considera dinero público y aplican las reglas de fiscalización. La Auditoría debe tomar en cuenta las leyes especiales del Instituto y las revisiones que ya hicieron sus propios auditores. Las cuentas de vivienda y los créditos de los trabajadores son sagrados: nadie puede auditarlos, revisarlos o fiscalizarlos.
- Art. 67El dinero que tienes guardado en tu subcuenta de vivienda (la parte del Infonavit que ahorras para tu casa) no se puede usar para pagar deudas, regalarlo a otra persona ni ser embargado. La única excepción es cuando ese dinero se usa para pagar un crédito de vivienda que hayas pedido al Infonavit.
- Art. 68El Instituto no tiene que dar dinero o garantías (como fianzas) cuando participa en juicios o trámites legales, porque la ley ya confía en que es una institución seria y solvente. Esto significa que no necesita dejar un "depósito" como aseguranza para cubrir posibles multas o daños. En pocas palabras, está exento de cumplir con esos requisitos que normalmente pedirían a otras personas o empresas. Esto aplica desde 1981, cuando se agregó esta regla a la ley.
- Art. 69El Instituto (Infonavit) puede hacer acuerdos con el gobierno federal, estatal o municipal para que le ayuden a hacer mejor su trabajo. También las empresas y oficinas del gobierno están obligadas a darle al Instituto la información de estadísticas, censos e impuestos que necesite para cumplir con sus objetivos. Esto no significa que puedan compartir tus datos personales sin tu permiso, solo la información que la ley les pide para mejorar el sistema de vivienda.
- Art. 70El Instituto, su empresa filial y sus fideicomisos no tienen que pagar impuestos federales, excepto los derechos que se cobran por servicios públicos como agua o trámites. Pero sí deben pagar los impuestos municipales, como el predial, igual que cualquier otra persona o empresa. Hay una excepción: no pagarán las contribuciones que ya están señaladas en el artículo 44 de esta ley.
- Art. 71El Instituto (el Infonavit) quiere proteger tu ahorro de la subcuenta de vivienda, que es el dinero que se aparta de tu salario para la casa. Por eso, te ofrecerá opciones para que no pierdas ese ahorro cuando tengas un crédito. También, cuando tú no pagues tu crédito, el Infonavit usará un método especial de cobranza social, que es un sistema aprobado para recuperar el dinero sin pasarse de la raya, pensando en tu bienestar. Esto aplica a los créditos que ya te haya dado el Instituto.