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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LIFNVT/67
Ley
LEY del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Artículo
67

Artículo 67 de la LEY del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que tienes guardado en tu subcuenta de vivienda (la parte del Infonavit que ahorras para tu casa) no se puede usar para pagar deudas, regalarlo a otra persona ni ser embargado. La única excepción es cuando ese dinero se usa para pagar un crédito de vivienda que hayas pedido al Infonavit.

Texto oficial

Artículo 67.- Los fondos de la subcuenta de vivienda a que esta Ley y la Ley del Seguro Social se refieren, no podrán ser objeto de compensación, cesión o embargo, excepto cuando se trate de los créditos otorgados con cargo al Fondo Nacional de la Vivienda. Artículo reformado DOF 07-01-1982, 24-02-1992

Ver texto oficial de la LEY del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (pág. 39) ↗

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