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Ley
LEY de Ingresos sobre Hidrocarburos
Artículo
60

Artículo 60 de la LEY de Ingresos sobre Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si se descubre que alguien manejó mal el dinero del Fondo Mexicano del Petróleo (el ahorro petrolero del país), le van a caer los castigos que ya están escritos en la ley. Esas sanciones pueden ser multas, inhabilitaciones o hasta ir a la cárcel, dependiendo de lo que digan los reglamentos. La regla es clara: quien haga trampa con esos recursos tendrá que pagar las consecuencias.

Texto oficial

Artículo 60.- En el caso de que se identifiquen irregularidades en el manejo de los recursos del Fondo Mexicano del Petróleo, se aplicarán las sanciones señaladas en las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver texto oficial de la LEY de Ingresos sobre Hidrocarburos (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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