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Ley
LEY para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional
Artículo
5

Artículo 5 de la LEY para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno es el que decide cómo se planea y dirige el desarrollo del país, y también cómo se hacen las políticas para apoyar la economía, todo siguiendo lo que dice la Constitución. Para mejorar la productividad y la competitividad, se va a crear un programa especial, que es como un plan detallado. Ese plan lo va a hacer la Secretaría de Hacienda, pero con la ayuda de la Secretaría de Economía y tomando en cuenta lo que opine el Comité Nacional de Productividad, que es un grupo de expertos.

Texto oficial

Artículo 5.- Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional, y la elaboración y conducción de la política nacional de fomento económico de conformidad con lo dispuesto por el artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y acorde con los objetivos de la presente Ley. La política nacional de fomento económico contará con un Programa Especial para la Productividad y la Competitividad, el cual se elaborará en términos de lo previsto en la presente Ley, la Ley de Planeación, el Plan Nacional de Desarrollo y demás disposiciones aplicables. La elaboración del Programa Especial para la Productividad y la Competitividad estará a cargo de la Secretaría, con la participación de la Secretaría de Economía y con la opinión del Comité Nacional de Productividad.

Ver texto oficial de la LEY para Impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional (pág. 4) ↗

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