Artículo 26 de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El consejo asesor externo es un grupo de personas que dan consejos a cada Instituto. Lo encabeza el director general del Instituto, y también lo forman expertos importantes de México o de otros países, que saben mucho sobre los temas que maneja el Instituto. Estos expertos no llegan solos, sino que la directora o director general los propone, y luego la Junta de Gobierno los invita a participar.
Texto oficial
ARTÍCULO 26. El consejo asesor externo se integrará, en cada Instituto, por el director general, quien lo presidirá, y por personalidades nacionales o internacionales del ámbito de las especialidades materia del Instituto, quienes serán invitados por la Junta de Gobierno a propuesta del director general.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.