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Artículo 26 de la LEY de los Institutos Nacionales de Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El consejo asesor externo es un grupo de personas que dan consejos a cada Instituto. Lo encabeza el director general del Instituto, y también lo forman expertos importantes de México o de otros países, que saben mucho sobre los temas que maneja el Instituto. Estos expertos no llegan solos, sino que la directora o director general los propone, y luego la Junta de Gobierno los invita a participar.

Texto oficial

ARTÍCULO 26. El consejo asesor externo se integrará, en cada Instituto, por el director general, quien lo presidirá, y por personalidades nacionales o internacionales del ámbito de las especialidades materia del Instituto, quienes serán invitados por la Junta de Gobierno a propuesta del director general.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.