- Ley
- LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas
- Artículo
- 19
Artículo 19 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las operaciones de seguros que se hagan en México están controladas por las leyes mexicanas. Esto aplica sin importar si la empresa es mexicana o extranjera, siempre y cuando el contrato se firme o realice dentro del país. En otras palabras, si compras un seguro en territorio nacional, te protegen las reglas de México.
Texto oficial
ARTÍCULO 19.- Se considerarán operaciones de seguros sujetas a las disposiciones de las leyes mexicanas, las que se celebren en el territorio nacional.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.