Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 197 de la LEY de Instituciones de Seguros y de Fianzas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Condusef (Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros) puede crear reglas generales para prohibir o regular prácticas que no sean correctas al ofrecer productos o servicios financieros, como tarjetas de crédito, préstamos o cuentas de banco. El objetivo de estas reglas es siempre proteger tus intereses como usuario. Por ejemplo, si un banco hace algo que no está bien al venderte un crédito, la Condusef puede definir eso como una mala práctica y sancionarlo. En resumen, este artículo le da a la Condusef la autoridad de vigilar que las instituciones financieras se porten derechito contigo.

Texto oficial

ARTÍCULO 197.- La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros podrá emitir disposiciones de carácter general, en las que se definan las actividades que se aparten de las sanas prácticas y usos relativos al ofrecimiento y comercialización de las operaciones y servicios financieros por parte de las Instituciones, buscando en todo momento la adecuada protección de los intereses del público.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 88) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.