Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 107 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Fondo es un ahorro para la vivienda de los militares. Para gastar ese dinero se fijan en varias cosas, como qué tanta falta de casas hay y quiénes las necesitan más, dándole preferencia a los soldados que ganan menos. También revisan si de verdad se puede construir y cuánto dinero hay en el Fondo. Por último, consideran cuántos militares hay en servicio activo en ese momento.

Texto oficial

Artículo 107. En la aplicación de los recursos del fondo se considerarán, entre otras, las siguientes circunstancias: I. La demanda de habitación y las necesidades de vivienda de los militares en activo, dando preferencia a los militares de bajos haberes; LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 33 de 90 II. La factibilidad y posibilidad reales de llevar a cabo construcciones habitacionales; III. El monto de las aportaciones al fondo, y IV. El número de militares en el activo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.