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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LISSFAM/158
Ley
LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Artículo
158

Artículo 158 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para probar que una persona está legalmente incapacitada (es decir, que no puede tomar decisiones por sí misma), necesitas una copia certificada del fallo final de un juicio especial llamado "interdicción". Ese fallo lo da un juez y tiene que ser definitivo, sin posibilidad de apelación. La copia certificada es un documento oficial sellado por el tribunal.

Texto oficial

Artículo 158. La incapacidad legal será probada con copia certificada de la sentencia ejecutoria que se dicte en el juicio de interdicción.

Ver texto oficial de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (pág. 42) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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