Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 176 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para probar que un militar tiene cierto rango, se necesitan documentos como su contrato de enlistamiento o las órdenes oficiales de la Secretaría de la Defensa o Marina que le dieron ese grado. En el caso de los Coroneles y Generales (y sus equivalentes en la Marina), se necesita además que el Senado de la República confirme su nombramiento. Esto es importante para definir cómo se acredita el rango en juicios o trámites legales. En resumen, los papeles deben mostrar claramente quién autorizó el ascenso y que se cumplieron los pasos oficiales.

Texto oficial

Artículo 176. El grado militar será probado con el contrato de enganche de los individuos de tropa con el acuerdo suscrito por autoridad competente que ordenó el conferimiento del grado y con copia de las órdenes giradas por la Secretaría respectiva en cumplimiento de dicho acuerdo. Tratándose de Coroneles y Generales y sus homólogos en la Armada de la milicia permanente, será necesaria la ratificación del Senado de la República. Capítulo Segundo: Procedimiento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.