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Artículo 58 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El fondo de trabajo es un ahorro que el gobierno crea para cada soldado y tripulante. De tu sueldo, el gobierno aporta un 11% a ese fondo desde que entras al servicio hasta que te dan tu baja definitiva, te separas del servicio activo o asciendes a oficial. Ese dinero lo administra el Banco del Ejército (Banjército) siguiendo sus propias reglas.

Texto oficial

Artículo 58. El fondo de trabajo estará constituido con las aportaciones que el Gobierno Federal realice a favor de cada elemento de tropa y personal de tripulación, equivalente al 11% de sus haberes, a partir de la fecha en que causa alta o sea reenganchado hasta que obtenga licencia ilimitada, o bien quede separado del activo o ascienda a oficial. Este fondo será administrado por el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, SNC, conforme a su Ley Orgánica.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.