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Ley
LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Artículo
84

Artículo 84 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Junta Directiva (el grupo de personas que toma las decisiones importantes) va a crear reglas internas para que el seguro de vida militar funcione mejor y esté bien organizado. Pero hay una condición muy clara: no pueden usar el dinero de ese seguro para nada que no sea lo que dice la Ley. O sea, el dinero solo se puede gastar en lo que ya está establecido, no en otras cosas.

Texto oficial

Artículo 84. La Junta Directiva dictará las disposiciones administrativas internas que estime convenientes para mejorar y regular el servicio del seguro de vida militar; en ningún caso, destinará sus recursos financieros para fines distintos a los previstos por esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (pág. 25) ↗

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