- Ley
- LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
- Artículo
- 85
Artículo 85 de la LEY del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto se encarga de manejar el seguro colectivo de retiro, que es un fondo de dinero para cuando los miembros del Ejército, la Marina o la Fuerza Aérea se jubilen. Ellos lo operan y lo administran, siempre siguiendo las reglas del artículo 90 de esta misma ley. Esto quiere decir que el Instituto cuida que los soldados y marinos tengan su ahorro para cuando dejen de trabajar.
Texto oficial
Artículo 85. Conforme a lo dispuesto en el artículo 90 de esta Ley, es responsabilidad del Instituto operar y administrar el seguro colectivo de retiro en beneficio de los miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.