Artículo 118 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tú como trabajador activo sufres una enfermedad o accidente que no tenga que ver con tu trabajo y te impide ganar, haciendo un trabajo similar al tuyo, más de la mitad de lo que ganabas en el último año, entonces se considera que tienes una invalidez. El Instituto es el que decide oficialmente si eres inválido. Para recibir una pensión por invalidez, necesitas haber pagado tus cuotas al Instituto al menos durante cinco años, siempre y cuando la invalidez no sea por algo relacionado con tu empleo. Pero si el Instituto determina que tu invalidez es del 75% o más, solo necesitas haber pagado cuotas durante tres años. Cuando te declaran en estado de invalidez, tienes derecho a una pensión, que puede ser temporal o definitiva, según lo que diga la ley.
Texto oficial
Artículo 118. Para los efectos de esta Ley, existe invalidez cuando el Trabajador activo haya quedado imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual, percibida durante el último año de trabajo, y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesional. La declaración de invalidez deberá ser realizada por el Instituto. La Pensión por invalidez se otorgará a los Trabajadores que se inhabiliten física o mentalmente por causas ajenas al desempeño de su cargo o empleo, si hubiesen contribuido con sus Cuotas al Instituto cuando menos durante cinco años. En el caso que el dictamen respectivo determine el setenta y cinco por ciento o más de invalidez sólo se requerirá que hubiesen contribuido con sus Cuotas al Instituto cuando menos durante tres años. El estado de invalidez da derecho al Trabajador, en los términos de esta Ley, al otorgamiento de: I. Pensión temporal, o II. Pensión definitiva.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.