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Artículo 157 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Sistema Integral de Crédito es un conjunto de préstamos que se dividen en dos tipos. Por un lado están los préstamos personales, que te prestan dinero para lo que necesites y los pagas en plazos fijos. Por otro lado, los préstamos hipotecarios, que son créditos para comprar, construir o mejorar una casa, y dejas la propiedad como garantía.

Texto oficial

Artículo 157. El Sistema Integral de Crédito está compuesto por los siguientes tipos de préstamos: I. Préstamos personales, y II. Préstamos hipotecarios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 49) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.