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Ley
LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Artículo
168

Artículo 168 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero que usa el Fondo de la Vivienda para funcionar viene de tres fuentes. Primero, las dependencias del gobierno y sus empresas le depositan al Instituto una parte a favor de los trabajadores. Segundo, todos los bienes o derechos que el Fondo consiga, sin importar cómo los haya obtenido. Y tercero, las ganancias que genere invertir ese dinero, como intereses o rendimientos.

Texto oficial

Artículo 168. Los recursos para la operación del Fondo de la Vivienda se integran con: I. Las Aportaciones que las Dependencias y Entidades enteren al Instituto a favor de los Trabajadores; II. Los bienes y derechos adquiridos por cualquier título, y III. Los rendimientos que se obtengan de las inversiones de los recursos a que se refieren las anteriores fracciones.

Ver texto oficial de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (pág. 52) ↗

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