- Ley
- LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
- Artículo
- 230
Artículo 230 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los muebles, terrenos, casas o edificios que tenga el Instituto (Infonavit) tienen los mismos beneficios y protecciones que los bienes del gobierno federal, como no pagar impuestos ni derechos. Además, los contratos que haga el Instituto con trabajadores para créditos de vivienda no necesitan la firma de un notario; pero si tú quieres, puedes ir con un notario público de tu preferencia para que revise el trámite. El Instituto es considerado una institución confiable, así que no tiene que dar depósitos ni fianzas para nada. En pocas palabras: el Infonavit está exento de impuestos, no necesita notario en sus contratos de vivienda, y no le exigen garantías económicas.
Texto oficial
Artículo 230. Los bienes muebles e inmuebles que pertenezcan al Instituto gozarán de las franquicias, prerrogativas y privilegios que sean concedidos a los fondos y bienes de la Federación. Dichos bienes, así como los actos y contratos que celebre el Instituto estarán exentos de toda clase de impuestos y derechos, y aquellos en los que intervenga en materia de vivienda no requerirán de intervención notarial, sin menoscabo de que el Trabajador pueda acudir ante notario público de su elección en las operaciones en que sea parte. El Instituto se considerará de acreditada solvencia y no estará obligado a constituir depósitos o fianza legal de ninguna clase.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.