Artículo 60 de la LEY del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno, como una dependencia o una empresa pública, deben avisar por escrito al IMSS en un plazo máximo de 3 días después de que se enteren de un accidente de trabajo. Tanto el trabajador como su familia también pueden dar ese aviso. Si el encargado de la oficina no lo hace, le van a fincar responsabilidades, o sea, lo van a sancionar según la ley. El trabajador o sus familiares tienen que pedir al IMSS que califique el accidente como riesgo de trabajo dentro de los 30 días hábiles después de que pasó. Si no se avisa al IMSS en esos plazos, ya no se puede pedir la calificación ni se va a reconocer como accidente de trabajo.
Texto oficial
Artículo 60. Para los efectos de este Capítulo, las Dependencias y Entidades deberán avisar por escrito al Instituto, dentro de los tres días siguientes al de su conocimiento, en los términos que señale el reglamento respectivo y demás disposiciones aplicables, los accidentes por riesgos del trabajo que hayan ocurrido. El Trabajador o sus familiares también podrán dar el aviso de referencia, así como el de presunción de la existencia de un riesgo del trabajo. Al servidor público de la Dependencia o Entidad que, teniendo a su cargo dar el aviso a que se refiere este artículo, omitiera hacerlo, se le fincarán las responsabilidades correspondientes en términos de ley. El Trabajador o sus Familiares Derechohabientes deberán solicitar al Instituto la calificación del probable riesgo de trabajo dentro de los treinta días hábiles siguientes a que haya ocurrido, en los términos que señale el reglamento respectivo y demás disposiciones aplicables. No procederá la solicitud de calificación, ni se reconocerá un riesgo del trabajo, si éste no hubiere sido notificado al Instituto en los términos de este artículo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.