- Ley
- LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
- Artículo
- 132
Artículo 132 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las compañías de internet que tienen permiso del gobierno, como Telmex, Telcel o Izzi, están obligadas a darte el servicio exactamente como lo contrataste: con la misma velocidad, capacidad y calidad que prometieron. No pueden bajarte la velocidad ni afectar tu señal aunque estés viendo videos, jugando en línea o usando aplicaciones como WhatsApp o YouTube. Esto significa que no tienen permitido bloquear, ralentizar o dar prioridad a ciertos contenidos, páginas o servicios que tú uses en internet. Es como si pagaras por una autopista de 100 km/h: la compañía debe dejarte ir a esa velocidad sin importar si vas a Netflix, Facebook o cualquier otro lugar digital.
Texto oficial
Artículo 132. Los concesionarios y los autorizados deberán prestar el servicio de acceso a Internet respetando la capacidad, velocidad y calidad contratada por el usuario, con independencia del contenido, origen, destino, terminal o aplicación, así como de los servicios que se provean a través de Internet, en cumplimiento de lo señalado en el artículo anterior. Capítulo IX Del Aprovechamiento de los bienes del Estado para el despliegue de Infraestructura de Telecomunicaciones
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.