Artículo 174 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión va a crear y mantener una base de datos con mapas que tenga toda la información sobre las antenas, cables, torres y otros equipos de telecomunicaciones, así como los lugares públicos donde están instalados. Esta base de datos será privada, pero los concesionarios (empresas con permiso para dar servicio) o quienes quieran serlo podrán consultarla si se registran, comprueban su identidad con documentos oficiales y firman un acuerdo para no usar la información de manera indebida. También las autoridades de seguridad y justicia (como policías o fiscales) podrán entrar a la base de datos para hacer su trabajo. En pocas palabras, es un mapa secreto de toda la infraestructura de telecomunicaciones, al que solo pueden acceder las empresas autorizadas y las autoridades.
Texto oficial
Artículo 174. La Comisión creará y mantendrá actualizada una base de datos nacional geo-referenciada que contenga la información de los registros de infraestructura activa y medios de transmisión, de infraestructura pasiva y derechos de vía y de sitios públicos. La base de datos será reservada en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en materia de transparencia, acceso a la información pública sin perjuicio de que la Comisión dé acceso a los concesionarios o a aquellas personas que pretendan ser concesionarios o autorizados, siempre y cuando: I. Se registren ante la Comisión y comprueben su carácter de concesionario, autorizado o su interés en serlo; II. Presente documentación que acredite sus datos de identificación mediante documentos públicos fehacientes, y III. Se verifique que la información sea confidencial para las personas que soliciten el acceso, mediante los lineamientos que emita la Comisión para garantizar que no se haga uso indebido de la información. A dicha base tendrán acceso las autoridades de seguridad y de procuración de justicia para el ejercicio de sus atribuciones. Sección I De la Infraestructura Activa
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.