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Ley
LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo
188

Artículo 188 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Economía, junto con la Profeco, va a crear reglas oficiales (llamadas Normas Oficiales Mexicanas). Estas reglas dirán exactamente qué obligaciones tienen las empresas que recibieron permisos o autorizaciones para operar. Todo esto es para que se protejan bien tus derechos como usuario o consumidor, tal como lo marca la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Texto oficial

Artículo 188. La Secretaría de Economía emitirá las Normas Oficiales Mexicanas en coordinación con la PROFECO que establezcan las obligaciones específicas que deberán observar los concesionarios o autorizados, con el objeto de garantizar la protección efectiva de los derechos de los usuarios previstos en la Ley Federal de Protección al Consumidor y en esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (pág. 65) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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