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Artículo 192 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La PROFECO (la dependencia del gobierno que protege los derechos de los consumidores) va a buscar que las personas con discapacidad puedan usar los servicios de telecomunicaciones, como internet, teléfono o televisión de paga, sin desventajas. Esto significa que deben tener las mismas oportunidades que cualquier otra persona para contratar y usar estos servicios.

Texto oficial

Artículo 192. La PROFECO promoverá que los usuarios con discapacidad, tengan acceso a los servicios de telecomunicaciones, en igualdad de condiciones con los demás usuarios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 66) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.