Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LMTR/216
Ley
LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Artículo
216

Artículo 216 de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los programas de radio, televisión y servicios de cable deben fomentar valores positivos. Por ejemplo, deben ayudar a la unión de las familias, apoyar el desarrollo sano de los niños y mejorar la educación. También tienen que promover la cultura, el arte, la historia de México, el cuidado del medio ambiente, la igualdad entre hombres y mujeres, y la ciencia. Además, las empresas que hacen estos contenidos pueden venderlos a diferentes canales o plataformas, y el precio lo ponen ellos mismos de acuerdo con lo que se hace a nivel mundial.

Texto oficial

Artículo 216. La programación que se difunda a través de radiodifusión o televisión y audio restringidos, en el marco de la libertad de expresión y recepción de ideas e información, deberá propiciar: I. La integración de las familias; II. El desarrollo armónico de la niñez; III. El mejoramiento de los sistemas educativos; IV. La difusión de los valores artísticos, históricos y culturales; V. El desarrollo sustentable; VI. La difusión de las ideas que afirmen nuestra unidad nacional; VII. La igualdad entre mujeres y hombres, y VIII. La divulgación del conocimiento científico y técnico. Los programadores nacionales independientes y aquellos programadores que agregan contenidos podrán comercializar éstos en uno o más canales para una o más plataformas de distribución de dichos contenidos. Las tarifas de estas ofertas comerciales serán acordadas libremente entre estos programadores y las redes o plataformas sobre las que se transmitirán, conforme a las prácticas internacionales.

Ver texto oficial de la LEY en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión (pág. 71) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.