- Ley
- LEY del Mercado de Valores
- Artículo
- 133
Artículo 133 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando una casa de bolsa se fusiona con otra y es la que desaparece (la fusionada), su permiso para operar se cancela automáticamente por la ley en cuanto la fusión se hace oficial. No necesitas hacer ningún trámite extra, la revocación ocurre por sí sola. Esto aplica solo a las casas de bolsa que se integran a otra, no a la que sigue existiendo.
Texto oficial
Artículo 133.- Las autorizaciones para constituirse y operar como casas de bolsa, que participen en un proceso de fusión en calidad de fusionadas, quedarán revocadas por ministerio de ley, una vez que la fusión surta sus efectos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.