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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LMV/233
Ley
LEY del Mercado de Valores
Artículo
233

Artículo 233 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres dueño de acciones que se venden en la bolsa de valores, puedes venderlas o comprarlas por fuera de la bolsa, como en un acuerdo directo con otra persona. Pero para hacerlo, debes seguir las reglas especiales que aplican cuando alguien está obligado a revelar información o a hacer una oferta pública obligatoria, si es que eso aplica en tu caso. Esto significa que, aunque no uses la bolsa, no puedes evitar las normas de transparencia y protección a otros inversionistas. En pocas palabras, puedes hacer tratos por fuera, pero siempre con cuidado y siguiendo la ley.

Texto oficial

Artículo 233.- Los titulares de acciones listadas en bolsas de valores, podrán realizar fuera de éstas operaciones con dichos valores, siempre que se ajusten a las disposiciones aplicables a las adquisiciones de valores objeto de revelación y ofertas públicas forzosas de adquisición, cuando así corresponda. Capítulo II De las bolsas de valores Sección I De la organización LEY DEL MERCADO DE VALORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 131 de 234

Ver texto oficial de la LEY del Mercado de Valores (pág. 130) ↗

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