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Artículo 313 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas que manejan operaciones de valores (como un banco o una casa de bolsa) deben avisarte si pagaste a tiempo o no, y también si te deben dinero o tú les debes. Además, tienen que decirte cuánto dinero tienes que aportar y si hay cantidades de más. En corto, deben mantenerte al tanto de todo lo que pasa con tus pagos y lo que te corresponde.

Texto oficial

Artículo 313.- Las contrapartes centrales de valores deberán mantener informados a sus deudores y acreedores recíprocos del cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones, así como de las aportaciones que deben realizar y los excesos en las mismas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 159) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.