Artículo 313 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que manejan operaciones de valores (como un banco o una casa de bolsa) deben avisarte si pagaste a tiempo o no, y también si te deben dinero o tú les debes. Además, tienen que decirte cuánto dinero tienes que aportar y si hay cantidades de más. En corto, deben mantenerte al tanto de todo lo que pasa con tus pagos y lo que te corresponde.
Texto oficial
Artículo 313.- Las contrapartes centrales de valores deberán mantener informados a sus deudores y acreedores recíprocos del cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones, así como de las aportaciones que deben realizar y los excesos en las mismas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.