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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LMV/313
Ley
LEY del Mercado de Valores
Artículo
313

Artículo 313 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas que manejan operaciones de valores (como un banco o una casa de bolsa) deben avisarte si pagaste a tiempo o no, y también si te deben dinero o tú les debes. Además, tienen que decirte cuánto dinero tienes que aportar y si hay cantidades de más. En corto, deben mantenerte al tanto de todo lo que pasa con tus pagos y lo que te corresponde.

Texto oficial

Artículo 313.- Las contrapartes centrales de valores deberán mantener informados a sus deudores y acreedores recíprocos del cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones, así como de las aportaciones que deben realizar y los excesos en las mismas.

Ver texto oficial de la LEY del Mercado de Valores (pág. 159) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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