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Artículo 371 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todas las empresas y personas que manejan inversiones (como casas de bolsa, bancos, asesores o empresas que venden acciones) deben crear reglas propias para controlar cómo sus jefes y empleados operan con valores. La idea es evitar que alguien haga negocios usando información secreta o privilegiada que conoció por su trabajo, como datos sobre nuevas ofertas públicas o compras de acciones de clientes. Estas reglas tienen que seguir los lineamientos generales que marca la Comisión (que es la autoridad que supervisa el mercado).

Texto oficial

Artículo 371.- Las personas que se indican a continuación, estarán obligadas a establecer lineamientos, políticas y mecanismos de control, con apego a las disposiciones de carácter general que al efecto emita la Comisión, para aquellas operaciones con valores que realicen sus consejeros, directivos y empleados que por virtud de su empleo, cargo o comisión, tengan o puedan tener acceso a información privilegiada o confidencial relacionada con procesos de inscripción de valores en el Registro, ofertas públicas, adquisición o enajenación de acciones propias de emisoras, o bien, de operaciones ordenadas por la clientela inversionista: Párrafo reformado DOF 10-01-2014 LEY DEL MERCADO DE VALORES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 183 de 234 I. Los intermediarios del mercado de valores. II. Las bolsas de valores. III. Las instituciones para el depósito de valores y las contrapartes centrales de valores. IV. Las instituciones calificadoras de valores, los proveedores de precios y las sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores. V. Las entidades financieras que formen parte de grupos financieros a los que pertenezcan instituciones de banca múltiple, casas de bolsa, sociedades operadoras de sociedades de inversión, sociedades distribuidoras de acciones de sociedades de inversión o entidades financieras que distribuyan acciones de sociedades de inversión. VI. Las emisoras. Fracción adicionada DOF 10-01-2014 VII. Las emisoras simplificadas. Fracción adicionada DOF 28-12-2023 VIII. Los asesores en inversiones. Fracción adicionada DOF 10-01-2014. Recorrida DOF 28-12-2023

Ver ley oficial en el DOF (pág. 182) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.