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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LMV/373
Ley
LEY del Mercado de Valores
Artículo
373

Artículo 373 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vendes o promueves acciones, bonos u otros instrumentos de inversión a varias personas en México, pero no tienes permiso de la autoridad financiera (como la CNBV), te pueden meter a la cárcel de 5 a 15 años. La ley busca proteger a la gente de fraudes, así que solo las empresas autorizadas pueden hacer esto. Ojo: si actúas como intermediario entre el público y los valores sin el permiso oficial, te arriesgas a esa condena.

Texto oficial

Artículo 373.- Serán sancionados con prisión de cinco a quince años quienes dentro del territorio nacional, realicen intermediación con valores con el público, sin contar con la correspondiente autorización de la autoridad competente conforme a ésta u otras leyes.

Ver texto oficial de la LEY del Mercado de Valores (pág. 183) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.