Artículo 385 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien se anuncia como intermediario del mercado de valores (como un corredor de bolsa o agente de inversiones) sin tener el permiso legal de las autoridades, puede ir a la cárcel de 1 a 2 años. Esto aplica aunque lo haga por medio de otra persona, use un nombre comercial o cualquier tipo de publicidad. La ley castiga a quien se haga pasar por un intermediario autorizado para engañar al público.
Texto oficial
Artículo 385.- Serán sancionados con prisión de uno a dos años las personas que por sí o a través de otra persona o por medio de nombres comerciales, por cualquier medio de publicidad se ostenten frente al público como intermediarios del mercado de valores, sin contar con la autorización de la autoridad competente conforme a ésta u otras leyes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.