Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 418 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La información guardada en discos duros, computadoras o teléfonos, o que se manda por internet, vale igual que un documento original para asuntos legales. Esto aplica siempre que la autoridad que la recibe y la institución financiera o empresa que la emite la hayan validado. También incluye la información guardada en las bases de datos de la Comisión (la autoridad que supervisa el sistema). En pocas palabras, si tienes un comprobante digital o un correo de tu banco respaldado, sirve como prueba ante la ley, igual que un papel firmado.

Texto oficial

Artículo 418.- La información contenida en soportes materiales, o bien, proveniente de procesos telemáticos, siempre que esté validada por la autoridad receptora y la entidad financiera o emisora, así como la información que se integre a las bases de datos de la Comisión, producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos originales y, en consecuencia, tendrán igual valor probatorio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 213) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.