Artículo 418 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La información guardada en discos duros, computadoras o teléfonos, o que se manda por internet, vale igual que un documento original para asuntos legales. Esto aplica siempre que la autoridad que la recibe y la institución financiera o empresa que la emite la hayan validado. También incluye la información guardada en las bases de datos de la Comisión (la autoridad que supervisa el sistema). En pocas palabras, si tienes un comprobante digital o un correo de tu banco respaldado, sirve como prueba ante la ley, igual que un papel firmado.
Texto oficial
Artículo 418.- La información contenida en soportes materiales, o bien, proveniente de procesos telemáticos, siempre que esté validada por la autoridad receptora y la entidad financiera o emisora, así como la información que se integre a las bases de datos de la Comisión, producirán los mismos efectos que las leyes otorgan a los documentos originales y, en consecuencia, tendrán igual valor probatorio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.