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Ley
LEY del Mercado de Valores
Artículo
5

Artículo 5 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando una ley no cubre algún detalle sobre un tema, se usan otras reglas para llenar ese vacío. Primero se fijan en las leyes de comercio, luego en las costumbres del mercado de valores y los negocios, y al final en las leyes civiles federales. Además, el gobierno federal, por medio de la Secretaría de Hacienda, puede explicar cómo aplicar esta ley en trámites administrativos. Pero su interpretación solo vale para esos casos, no para todo el mundo.

Texto oficial

Artículo 5.- La legislación mercantil, los usos bursátiles y mercantiles y la legislación civil federal, en el orden citado, serán supletorios de la presente Ley. El Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría, podrá interpretar para efectos administrativos los preceptos de esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY del Mercado de Valores (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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