Artículo 73 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada hoja del Registro (que es como un libro de control oficial del gobierno) se divide en tres secciones. En la primera se anotan los datos generales de las empresas que emiten acciones o bonos, incluyendo las empresas más sencillas. La segunda parte es para registrar los títulos de valor o las versiones simplificadas de estos títulos. La tercera sección se usa para anotar avisos o información que no requiere un registro completo, solo dejar constancia.
Texto oficial
Artículo 73.- Los folios del Registro constarán de tres partes conforme a lo siguiente: I. Información general de las emisoras o emisoras simplificadas. Fracción reformada DOF 28-12-2023 II. Inscripciones de valores o valores de objeto de inscripción simplificada. Fracción reformada DOF 28-12-2023 III. Toma de notas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.