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Ley
LEY del Mercado de Valores
Artículo
73

Artículo 73 de la LEY del Mercado de Valores

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada hoja del Registro (que es como un libro de control oficial del gobierno) se divide en tres secciones. En la primera se anotan los datos generales de las empresas que emiten acciones o bonos, incluyendo las empresas más sencillas. La segunda parte es para registrar los títulos de valor o las versiones simplificadas de estos títulos. La tercera sección se usa para anotar avisos o información que no requiere un registro completo, solo dejar constancia.

Texto oficial

Artículo 73.- Los folios del Registro constarán de tres partes conforme a lo siguiente: I. Información general de las emisoras o emisoras simplificadas. Fracción reformada DOF 28-12-2023 II. Inscripciones de valores o valores de objeto de inscripción simplificada. Fracción reformada DOF 28-12-2023 III. Toma de notas.

Ver texto oficial de la LEY del Mercado de Valores (pág. 45) ↗

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