Artículo 8 de la LEY del Mercado de Valores
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 8 dice que cualquier persona puede vender acciones o inversiones que no están registradas oficialmente, siempre que cumpla con una de estas condiciones: venderlas solo a inversionistas grandes o expertos (como bancos o fondos), ofrecerlas a menos de 100 personas, darlas como parte de un plan para empleados de la empresa, o vendérselas solo a los dueños o socios de la empresa. Si no cumples con ninguna de estas, la Comisión (que es la autoridad financiera) puede autorizar otros casos, pero revisará cómo se anuncia la oferta, a quién se la vendes y las condiciones del trato. En pocas palabras, puedes vender inversiones sin registro, pero solo a ciertos grupos o con permiso especial.
Texto oficial
Artículo 8.- La oferta privada de valores no inscritos en el Registro Nacional de Valores en territorio nacional podrá efectuarse por cualquier persona, siempre que cumpla con alguno de los requisitos siguientes: Párrafo reformado DOF 10-01-2014 I. Se realice exclusivamente a inversionistas institucionales o calificados. II. Se ofrezcan valores representativos del capital social de personas morales, o sus equivalentes, a menos de cien personas, con independencia de que sean de una o más clases o series. III. Se realice al amparo de planes o programas aplicables en forma general a empleados o grupos de empleados de la sociedad que emita los valores o personas morales que ésta controle o que la controlen. IV. Se efectúe a accionistas o socios de personas morales que realicen su objeto social exclusiva o preponderantemente con éstos. La Comisión, ajustándose a los lineamientos que apruebe su Junta de Gobierno, estará facultada para autorizar la realización de ofertas privadas distintas de las señaladas en las fracciones anteriores, para lo cual tomará en consideración los medios de difusión que habrán de utilizarse, el número y tipo de inversionistas a los que pretenda dirigirse la oferta correspondiente, la distribución de los valores, así como los términos y condiciones que se pretendan estipular.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.