Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 117 de la LEY de Migración

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El reglamento va a decir las reglas específicas para hacer los acuerdos entre dependencias del gobierno que se mencionan en el artículo anterior, además de todo lo que se necesita para aplicar bien este capítulo de la ley.

Texto oficial

Artículo 117. El Reglamento establecerá los lineamientos que deben contener los instrumentos interinstitucionales a que se refiere el artículo anterior, así como las previsiones necesarias para la regulación de este Capítulo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.