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Ley
LEY de Migración
Artículo
118

Artículo 118 de la LEY de Migración

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres extranjero y estás en México sin papeles en regla, puedes pedir un beneficio llamado "retorno asistido", que básicamente es que el gobierno te ayude a regresar a tu país de forma voluntaria. Para que te lo den, necesitas dos cosas: primero, que el Instituto Nacional de Migración te tenga bajo su control por tu situación irregular; y segundo, que ninguna autoridad haya dicho que no puedes salir del país. Si decides no pedir este apoyo, entonces te van a presentar ante las autoridades migratorias para que se siga el proceso que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 118. Podrán solicitar el beneficio del retorno asistido, sin perjuicio de lo que al efecto se establezca en los instrumentos interinstitucionales, los extranjeros que se ubiquen en los siguientes supuestos: I. Se encuentren irregularmente en el territorio nacional, a disposición del Instituto, y II. No exista restricción legal emitida por autoridad competente para que abandonen el país. En el caso de que el extranjero decida no solicitar el beneficio del retorno asistido, se procederá a su presentación, conforme a lo dispuesto en esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY de Migración (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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