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Ley
LEY de Migración
Artículo
19

Artículo 19 de la LEY de Migración

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto es una oficina que depende de la Secretaría de Gobernación, pero tiene su propia autoridad para trabajar. Su trabajo principal es vigilar y asegurarse de que las autoridades de migración cumplan bien con su labor en todo el país. También se encarga de poner en práctica las políticas de migración, siguiendo las instrucciones que le dé la Secretaría. En pocas palabras, es como el brazo operativo que supervisa y aplica las reglas de migración en México.

Texto oficial

Artículo 19. El Instituto es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría, que tiene por objeto la ejecución, control y supervisión de los actos realizados por las autoridades migratorias en territorio nacional, así como la instrumentación de políticas en la materia, con base en los lineamientos que expida la misma Secretaría.

Ver texto oficial de la LEY de Migración (pág. 10) ↗

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