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Artículo 22 de la LEY de Migración

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los empleados del Instituto siempre deben cumplir la ley al pie de la letra, ser justos y actuar de manera rápida y eficiente en su trabajo. También tienen que portarse con profesionalismo, honestidad y respetar los derechos humanos que están protegidos en la Constitución y en esta misma Ley.

Texto oficial

Artículo 22. La actuación de los servidores públicos del Instituto se sujetará, invariablemente, a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.