Artículo 69 de la LEY de Migración
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 69 dice que si tú estás en México sin papeles (situación migratoria irregular) y te presentas ante las autoridades, ellas tienen que informarte de varias cosas. Primero, explicarte cuáles son tus derechos según las leyes mexicanas y los acuerdos internacionales, además de por qué te están presentando. También deben decirte cómo puedes arreglar tu situación migratoria (como sacar papeles) y que puedes avisar a tu consulado para que te ayuden, a menos que pidas asilo o refugio. Por último, te tienen que informar que puedes pagar una fianza para que te suelten mientras se resuelve tu caso.
Texto oficial
Artículo 69. Los migrantes que se encuentren en situación migratoria irregular en el país tendrán derecho a que las autoridades migratorias, al momento de su presentación, les proporcionen información acerca de: I. Sus derechos y garantías de acuerdo con lo establecido en la legislación aplicable y en los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano; II. El motivo de su presentación; III. Los requisitos establecidos para su admisión, sus derechos y obligaciones de acuerdo con lo establecido por la legislación aplicable; IV. La notificación inmediata de su presentación por parte de la autoridad migratoria, al consulado del país del cual manifiesta ser nacional, excepto en el caso de que el extranjero pudiera acceder al asilo político o al reconocimiento de la condición de refugiado; V. La posibilidad de regularizar su situación migratoria, en términos de lo dispuesto por los artículos 132, 133 y 134 de esta Ley, y VI. La posibilidad de constituir garantía en los términos del artículo 102 de esta Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.