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Ley
LEY de Migración
Artículo
72

Artículo 72 de la LEY de Migración

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría va a hacer acuerdos con oficinas del gobierno federal, estatal y municipal para ayudar a las organizaciones civiles que ya están registradas legalmente. El objetivo es apoyar a los migrantes con acciones de ayuda humanitaria, asistencia o protección. En otras palabras, el gobierno se coordinará con distintas autoridades para echarle la mano a los grupos que trabajan directamente con migrantes.

Texto oficial

Artículo 72. La Secretaría celebrará convenios con las dependencias y entidades del Gobierno Federal, de las entidades federativas y de los municipios para implementar acciones tendientes a coadyuvar con los actos humanitarios, de asistencia o de protección a los migrantes que realizan las organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas.

Ver texto oficial de la LEY de Migración (pág. 28) ↗

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