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Ley
LEY de Migración
Artículo
91

Artículo 91 de la LEY de Migración

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las empresas de transporte (como camiones, aviones o autobuses) tienen que pagar una multa si sus empleados o representantes violan la Ley de Migración o su Reglamento. Esto no quita que el empleado o agente también pueda ser castigado directamente por su falta. En pocas palabras, tanto la empresa como el trabajador pueden ser responsabilizados económicamente por no seguir las reglas migratorias.

Texto oficial

Artículo 91. Las empresas de transporte responderán pecuniariamente de las violaciones que a la presente Ley y su Reglamento cometan sus empleados, agentes o representantes, sin perjuicio de la responsabilidad directa en que incurran éstos. CAPÍTULO III DE LA VERIFICACIÓN MIGRATORIA

Ver texto oficial de la LEY de Migración (pág. 31) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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