Artículo 37 de la LEY de Minería
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las empresas que tienen permiso para procesar minerales deben seguir estas reglas: primero, avisar a la Secretaría de Economía cuando empiecen a trabajar. Segundo, cumplir con las normas de seguridad y cuidado del medio ambiente que aplican a la industria minera. Tercero, entregar cada año un reporte que incluya datos contables, financieros, técnicos y estadísticos, siguiendo lo que diga el reglamento. Quinto, si su planta procesa más de 100 toneladas en 24 horas, deben apartar al menos el 15% de su capacidad para ayudar a mineros pequeños, medianos o del sector social. Sexto, dejar que los inspectores de la Secretaría entren a hacer las revisiones que les corresponden.
Texto oficial
Artículo 37.- Las personas concesionarias que beneficien minerales o sustancias sujetas a la aplicación de la presente Ley están obligadas a: Párrafo reformado DOF 08-05-2023 I.- Dar aviso a la Secretaría del inicio de operaciones de beneficio; II. Sujetarse a las disposiciones generales y a las normas oficiales mexicanas aplicables a la industria minero-metalúrgica en materia de seguridad y del equilibrio ecológico y protección al ambiente; Fracción reformada DOF 28-04-2005 III. Rendir a la Secretaría de manera anual, el informe de obras y trabajos de beneficio, el cual debe contener los aspectos contables y financieros, técnicos y estadísticos en los términos y condiciones que señale el Reglamento de esta Ley; Fracción reformada DOF 08-05-2023 IV. (Se deroga) Fracción derogada DOF 28-04-2005 V.- Procesar el mineral de pequeños y medianos mineros y del sector social en condiciones competitivas hasta por un mínimo del 15 % de la capacidad de beneficio instalada, cuando ésta sea superior a cien toneladas en veinticuatro horas, y VI. Permitir al personal comisionado por la Secretaría la práctica de visitas de verificación en ejercicio de las facultades de verificación que le confiere la presente Ley. Fracción reformada DOF 08-05-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.