Artículo 144 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el barco no sale en la fecha que te dijeron por culpa del dueño o de quien lo opera, te tienen que regresar completo el dinero de tu boleto y también pagarte lo que valgan las cosas que ya habías subido a la embarcación. Esto aplica aunque no haya pasado nada más, solo por no haber zarpado cuando te avisaron. El responsable es el naviero (el dueño del barco) o el operador (quien lo maneja). Así que si te fallan con la salida, no te quedas sin tu lana ni con tus pertenencias perdidas.
Texto oficial
Artículo 144.- Si por culpa del naviero u operador, la embarcación no zarpara en la fecha en que se comunicase al pasajero, éste devolverá al pasajero el valor del boleto y los bienes que hubiera embarcado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.