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Artículo 195 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando firmas una póliza de seguro, la ley asume que la aseguradora está de acuerdo con el valor de las cosas que aseguraste, tal como está escrito en el documento. Pero esto no aplica si tú omitiste información o diste datos incorrectos. Si la aseguradora demuestra que actuaste con fraud (mentiste a propósito), el seguro se cancela para ti. Además, te quedas sin la prima (el dinero que pagaste) y podrías enfrentar consecuencias penales.

Texto oficial

Artículo 195.- La suscripción de la póliza creará una presunción legal de que los aseguradores admitieron como exacta la evaluación hecha en ella de los efectos asegurados, salvo los casos de omisiones o inexactas declaraciones. Si el asegurador probare el fraude del asegurado, el contrato de LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 54 de 86 seguro será nulo para el asegurado y el asegurador ganará la prima, sin perjuicio de las consecuencias penales que correspondan.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.