Artículo 258 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando compras o vendes mercancía para exportar o importar, los INCOTERMS son reglas que definen quién paga el transporte y quién se hace responsable en cada paso. Si en tu contrato solo pones el nombre del INCOTERM sin explicarlo completo, se usará la versión más actual de esa regla justo el día que firmaste el contrato. Así no hay confusiones porque aplica la edición vigente en ese momento.
Texto oficial
Artículo 258.- Para la aplicación de los INCOTERMS, si los contratantes sólo hacen referencia a éstos por sus nombres sin el texto completo, se aplicarán conforme a su edición vigente al momento de la celebración del contrato.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.