- Ley
- LEY de Navegación y Comercio Marítimos
- Artículo
- 260
Artículo 260 de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, cuando un contrato de compraventa use los INCOTERMS (reglas internacionales para comprar y vender mercancías) y mencione "operaciones de verificación", se refiere a checar cosas como la calidad, medida, peso o cantidad de los productos. Esas revisiones se hacen para asegurarse de que lo que se va a entregar sí cumpla con lo que se acordó en el contrato. En pocas palabras, si compras algo y en el contrato dice que necesitas verificarlo, esto incluye revisar que esté completo, que pese lo acordado o que tenga la calidad prometida.
Texto oficial
Artículo 260.- Cuando en el INCOTERMS se haga referencia a operaciones de verificación necesarias, se tendrán por éstas las relativas a la comprobación de la calidad, medida, peso, recuento y equivalentes, respecto a las mercancías a entregar de conformidad con el INCOTERMS acordado al momento de la celebración del contrato de compraventa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.